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Subasta pública electrónica

Se informa a la opinión pública que a través de la Adenda No. 01 del 04 de mayo de 2021, se modifican los términos del proceso de subasta pública electrónica de plata en lingotes y botones que tendrá lugar el día 19 de mayo de 2021, cuyos términos y condiciones se encuentran estipulados en el Reglamento de Subasta Pública Electrónica, así  como en la mencionada Adenda, ambos documentos publicados en la página web de la Sociedad de Activos Especiales S.A.S a través del link https://www.saesas.gov.co y detallado en un enlace a continuación. En consecuencia se levanta la suspensión del proceso de subasta a partir del día 05 de mayo de 2021.

Conoce AQUÍ el Reglamento de Subasta Pública Electrónica

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Subasta pública electrónica

Se informa a la opinión pública que el día martes 15 de diciembre de 2020 a las 10:00 am se llevará a cabo la subasta pública electrónica de Oro Lingotes Homogéneos, cuyos términos y condiciones se encuentran estipulados en el Reglamento de Subasta Pública Electrónica, publicado en la página web de la Sociedad de Activos Especiales S.A.S a través del siguiente link https://www.saesas.gov.co/tramites_servicios/ventas/arte_joya, los interesados en participar podrán contactarse a través del correo electrónico info@meprecol.com.

Ver Decreto

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Definición de Debida Diligencia

C.I. MEPRECOL S.A. ejecuta de manera continua, proactiva y reactiva un proceso de Debida Diligencia, a través del cual buscamos garantizar el  respeto del derecho internacional y cumplir con las leyes colombianas que regulan la Prevención del Lavado de Activos, Financiación del terrorismo y el comercio ilícito de minerales.

Al ser un proceso que se basa en la identificación de riesgos, se adelantan pasos para detectar y hacer frente a los riesgos reales o potenciales con el fin de prevenir y mitigar las consecuencias nocivas que se pudieran ver en las actividades de comercialización de metales preciosos.

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Proceso de conocimiento del proveedor

El capítulo X de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades (Circular 100-006 de 2016) establece que las empresas del sector real deben implementar un proceso de Debida Diligencia; este proceso abarca una serie de actividades que se deben ejecutar, entre las cuales se encuentra el conocimiento del proveedor.

De igual manera, diferentes organismos internacionales establecen estándares generales para el proceso de conocimiento del proveedor de metales preciosos, es por esto que C.I. MEPRECOL S.A. lleva a cabo una serie de procedimientos para conocer a sus proveedores al momento de su vinculación, con el propósito de prevenir, velar por la seguridad y confiabilidad de las operaciones comerciales que se realicen.
Con este proceso, nuestra compañía no solo busca cumplir con requisitos y recomendaciones de tipo legal, sino que también tiene la intención hacer de sus proveedores aliados estratégicos en la comercialización, de manera que la transparencia sea el principio que enmarque las actividades propias de nuestro sector.
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SAGRLAFT

Los riesgos de lavado de activos y la financiación del terrorismo representan una gran amenaza para la integridad de los mercados por su carácter global y las redes utilizadas para el manejo de tales recursos.

C.I. MEPRECOL S. A., reconoce la importancia de mantener una adecuada administración de los diferentes riesgos y con el fin de prevenir que sea utilizada para dar apariencia de legalidad a activos provenientes de actividades delictivas o para la canalización de recursos hacia la realización de actividades terroristas.

Comprometidos en la lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo C.I. MEPRECOL S.A., ha desarrollado un Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo –SAGRLAFT, acorde a su estructura y destinando los mejores recursos humanos y tecnológicos para dar cumplimiento a la normatividad, leyes nacionales y a los estándares internacionales como los de la a Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)  en materia de mitigación del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo– (LA/FT).

Contamos con el manual de políticas, funciones y procedimientos del Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo “SAGRLAFT”, con el fin de establecer las normas y procedimientos que permitan ser aplicados al interior de la empresa en la realización de las operaciones inherentes a su Objeto Social, con el propósito de prevenir, velar por la seguridad, transparencia y confiabilidad de las operaciones y así evitar el intento de legitimación de capitales provenientes del delito (LA/FT), así como para detectar y reportar las operaciones que se pretendan realizar o se hayan realizado, para intentar dar apariencia de legalidad a operaciones vinculada al LA/FT.

Además, en nuestra compañía rige un Código de Ética, el cual corresponde a una serie de normas y principios éticos que obligan a la administración y a los empleados de C.I. MEPRECOL S.A, en aras de garantizar un actuar con rectitud y transparencia en la ejecución de sus labores diarias. Este código

El Código de Ética contempla las normas a las cuales se deben ajustar todos los empleados de la sociedad, con los criterios que son necesarios para resolver los conflictos de interés y anteponer la observancia de unos principios éticos al logro de metas comerciales comprometiendo con ello a toda la empresa.